Son muchos los extranjeros que desean entrar en España con su situación migratoria resuelta, ahora bien, la normativa en España no lo pone tan fácil.
Hoy os vamos a hablar de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena desde origen.
Es una autorización que permite a un extranjero residir y trabajar en España por cuenta ajena, siempre y cuando haya sido contratado previamente por una empresa española. Esta autorización se solicita desde el país de residencia del extranjero y es necesario obtención un visado de trabajo para poder entrar legalmente en España.
Requisitos para obtener la autorización
Tanto el trabajador extranjero como la empresa española deben cumplir una serie de requisitos para que se conceda la autorización.
Requisitos para el trabajador extranjero:
Además de los certificados y títulos, también se puede demostrar la capacitación a través de la experiencia laboral. En este caso, se deberá demostrar haber ejercido la profesión durante un período de tiempo significativo, generalmente más de 3 años. Esta experiencia se puede acreditar mediante contratos de trabajo anteriores, certificados de empresa, o cualquier otro documento que pruebe el desempeño de la actividad profesional.
- No encontrarse irregularmente en territorio español.
- Carecer de antecedentes penales en España y en su país de origen.
- No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Haber abonado la tasa por tramitación de la autorización de residencia temporal.
- Demostrar capacitación. Para demostrar la capacitación exigida para una profesión en el contexto de una solicitud de residencia y trabajo en España, se pueden presentar certificados y títulos de estudiosque acrediten la formación académica y profesional del solicitante. Estos documentos deben ser oficiales y estar debidamente traducidos al español si están en otro idioma.
Es importante tener en cuenta que la documentación requerida puede variar dependiendo de la profesión y de los requisitos específicos establecidos por las autoridades competentes.
Requisitos para la empresa española:
- Estar inscrita en el sistema de la Seguridad Social y al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Contar con medios económicos, materiales o personales suficientes para su proyecto empresarial y para contratar al trabajador extranjero.
- Presentar un contrato de trabajo firmado por ambas partes que garantice al trabajador una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización, cuyas condiciones fijadas en el contrato de trabajo se ajusten a las establecidas por la normativa vigente y el convenio colectivo aplicable para la misma actividad, categoría profesional y localidad.
- Que la situación nacional de empleo permita la contratación del trabajador extranjero. Esto se cumple en cualquiera de las dos siguientes situaciones:
- Si la ocupación que va a desempeñar el trabajador en la empresa está incluida en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura que el Servicio Público de Empleo Estatal elabora trimestralmente por Comunidad Autónoma
- o si por el defecto de esta inclusión, se obtiene el informe de no ocupación. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) juega un papel crucial en el proceso de autorización de residencia y trabajo temporal en España para ciudadanos extranjeros. Su función principal es la de verificar la inexistencia de candidatos adecuados para un puesto de trabajo ofertado por un empleador, un requisito fundamental para obtener la autorización. Para lo cual se establece el siguiente procedimiento:
- Publicación de la oferta de empleo. El empleador que desea contratar a un extranjero debe publicar la oferta de empleo a través de los canales habilitados por el SEPE. Esto puede incluir la plataforma web del SEPE, oficinas de empleo o entidades colaboradoras. La oferta debe permanecer publicada durante un mínimo de 8 días.
- Gestión de candidatos. Durante este período, el SEPE se encarga de gestionar las candidaturas de personas inscritas en sus oficinas que cumplan con el perfil requerido para el puesto. El empleador deberá entrevistar a los candidatos que el SEPE le remita.
- Informe de no ocupación. Si, transcurridos los 8 días, el empleador no ha encontrado a ningún candidato adecuado entre los enviados por el SEPE, puede solicitar a la Seguridad Social la emisión de un informe de no ocupación. Este informe certifica que el puesto de trabajo no ha podido ser cubierto con personas que se encuentren en situación de desempleo en España.
- Presentación del informe. El informe de no ocupación es un documento esencial que el empleador debe adjuntar a la solicitud de autorización de residencia y trabajo temporal para el trabajador extranjero. Este informe demuestra que se ha intentado, sin éxito, encontrar a un trabajador en situación de desempleo en España para cubrir el puesto, justificando así la necesidad de contratar a un extranjero.
Excepción para nacionales de Perú y Chile
Gracias a los convenios bilaterales que España tiene con Perú y Chile, los nacionales de estos países pueden acceder a la autorización de residencia temporal y trabajo por contratación en origen sin necesidad de que la profesión esté incluida en el catálogo de difícil cobertura o necesitar el informe de no ocupación del SEPE. Esto significa que pueden ser contratados para cualquier profesión, lo que amplía considerablemente las oportunidades laborales en España.
Procedimiento general
Oferta de Empleo y Contrato de Trabajo
La empresa española que desea contratar al extranjero debe realizar una oferta de empleo y, si el trabajador acepta, ambas partes firman un contrato de trabajo. Es crucial que el contrato cumpla con la legislación vigente.
Solicitud de Autorización
La empresa o su representante legal (abogado, gestor, etc.) presenta la solicitud de autorización de residencia y trabajo en la Oficina de Extranjería correspondiente a la ubicación de la empresa. Se debe adjuntar toda la documentación requerida, tanto de la empresa como del trabajador extranjero
Resolución de la Solicitud
La Oficina de Extranjería analiza la solicitud y la documentación presentada.
Puede requerir documentación adicional o realizar comprobaciones sobre la empresa y el trabajador.
La resolución puede ser favorable (se concede la autorización) o desfavorable (se deniega la autorización).
Obtención del Visado de Trabajo
Si la resolución es favorable, el trabajador extranjero debe solicitar un visado de trabajo en la Embajada o Consulado español de su país de origen en el plazo de un mes desde la concesión. Para obtener el visado, deberá presentar la resolución favorable de la autorización de residencia y trabajo, así como otros documentos requeridos por el Consulado.
Entrada en España y Solicitud de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
Una vez obtenido el visado, el trabajador extranjero puede viajar a España.
Dentro del plazo de un mes desde su entrada en España, debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía correspondiente.
Alta en la Seguridad Social
El empleador o su representante debe dar de alta al trabajador extranjero en la Seguridad Social en el plazo de tres meses desde su incorporación al trabajo.
Información adicional
- El plazo de resolución de la solicitud puede variar dependiendo de la Oficina de Extranjería y la complejidad del caso.
- Es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en extranjería para garantizar que se cumplen todos los requisitos y se presenta la documentación correcta.
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